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lunes, 20 de diciembre de 2010

1001006/22/2084

ASUNTO: EXPEDIENTE SANCIONADOR 1001006/22/2084 POR EL QUE SE DECLARA EXTINGUIDO EL EXPEDIENTE 21.456.889

RESULTANDO que el ciudadano 21.456.889 fue dado de alta con fecha 18/04/2061 y nombrado Ciudadano con fecha 25/04/2076, obteniendo una calificación de 53,7628 en su examen de ciudadanía.

RESULTANDO que el ciudadano 21.456.889 es residente de ciudad 22, con domicilio en Sector 8, Distrito 3 Edificio 29.

RESULTANDO que el ciudadano 21.456.889 fue adscrito, en la categoría de Operario de Mantenimiento, a la Dirección de Recursos Alimenticios, dependiente del Ministerio de Logística.

RESULTANDO que el ciudadano 21.456.889 sustrajo material común (REF: #884534362) de su lugar de trabajo para su posterior venta en el mercado negro.

RESULTANDO que el ciudadano 21.456.889 se dio a la fuga cuando los Cascos Azules acudieron a su casa a notificarle el requerimiento de comparecer ante el Ministerio de Ciudadanía.

RESULTANDO que el ciudadano 21.456.889 provocó en su fuga diversos daños materiales y se resistió a su detención, agrediendo a uno de los Cascos Azules.

RESULTANDO que el ciudadano 21.456.889 admitió en trámite de audiencia haber cometido los siguientes hechos:

-Robo del material REF: #884534362 para su posterior distribución y venta.
-Resistencia a la autoridad e intento de homicidio.
-Conspiración contra las Naciones Unidas.
-Obstaculización activa de la Terraformación.

CONSIDERANDO que la sustracción del material referenciado como (REF: #884534362) tiene la consideración de infracción leve.

CONSIDERANDO que la posterior venta de dicho material a terceros tiene la consideración de infracción grave.

CONSIDERANDO que la negativa a comparecer a trámite de audiencia y la resistencia a la autoridad tienen ambas la consideración de infracción grave.

CONSIDERANDO que el intento de homicidio tiene consideración de infracción muy grave.

CONSIDERANDO que la conspiración contra las Naciones Unidas y la obstaculización activa contra la Terraformación tienen la consideración de infracciones muy graves y son además especialmente dañosas para la comunidad.

CONSIDERANDO que todos los hechos imputados se consideran sobradamente probados y el procedimiento ha respetado escrupulosamente el procedimiento y observado todas las garantías y derechos que asisten al ciudadano 21.456.889.

SE RESUELVE

PRIMERO: Declarar 21.456.889, que se considerará dado de baja a todos los efectos.

SEGUNDO: Ordenar la destrucción de los documentos contenidos en el expediente 21.456.889.

TERCERO: Considerar vacante y a disposición del Ministerio de Salud y Biología el número 21.456.889.

CUARTO: Notificar la presente resolución al interesado, que tendrá en adelante la consideración de anticiudadano y pasará a disposición del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, todo ello a los correspondientes efectos legales.

Contra la presente resolución cabe interponer recurso de Reposición en el plazo de 3 días, sin que la interposición del mismo interrumpa lo en ella dispuesto.

3 comentarios:

Kokuro dijo...

OH DIOS MIO!!!! Las clases de derecho procesal me persiguen hasta en mis horas de ocio
AAAAAAAAGH!!!

Jokin dijo...

Administrativo más bien.

Azul dijo...

... sea lo que sea, me he quedado algo así como Ó___ò y acto seguido me he imaginado en escenas de rol como llegar a esto.